domingo, 7 de junio de 2015

Compartiendo el auto y la cama

La tecnología va siempre por delante de la legislación. Es normal, la imaginación es justo ir siempre más allá de la norma. El derecho es un invento del capitalismo industrial; cuándo los derechos de propiedad, y no de herencia, se convierten en el motor de la economía y la sociedad, fue necesario protegerlos, y se crea así el derecho tal y como lo conocemos.
El derecho de los reyes protege a los herederos, el derecho moderno protege a los propietarios, y desde sus orígenes, la legislación crea el fermento para que la innovación y el emprendedurismo hagan que la economía crezca. Pero la innovación va siempre delante de la ley y de la norma, y de vez en vez, se suscitan verdaderas crisis entre la legislación y la economía resultante de la innovación.
Echemos un ojo a un par de ejemplos: Uber y Air Bnb. Desde el punto de vista tecnológico ambas soluciones presentan una gran innovación: la posibilidad de que particulares puedan compartir sus activos entre ellos mismos, sin intermediarios. En el caso de Uber son los autos, en el caso de Air BnB, nuestras casas. Esto es muy importante, pues para la gran mayoría de la población, su riqueza se materializa en esos dos activos: su casa y su auto. El que los consumidores podamos compartir los dos principales activos que sustentan nuestra riqueza tendrá profundas implicaciones económicas en el futuro muy cercano.


En términos económicos Uber y Air BnB presentan un asunto fascinante. Por lo general asociamos las innovaciones tecnológicas a un incremento en el capital: cuando se creó la máquina de vapor, la siderurgia, los autos, las computadoras, se crearon artefactos e implementos nuevos que incrementaron el stock de capital de las economías del mundo. Air BnB y Uber no lo hacen, no incrementan el capital existente. Lo que hacen es algo muy interesante: la hacen más eficiente, pues reducen los tiempos en que el capital permanece inactivo, poniéndolo a trabajar lo más posible, aumentando así la rentabilidad del capital. En lugar de que tu auto esté en la cochera, está trabajando transportando pasajeros; en lugar de que tu casa de verano acumule polvo, está recibiendo huéspedes y produciendo para ti mientras no la usas.
Tecnologías como la de Uber y AirBnB, e incontables otras, lo que han hecho es usar las plataformas provistas por internet para abaratar casi al límite de la gratuidad, una opción que era antes extremadamente costosa: el compartir el capital durante sus períodos inactivos.
Pero la legislación actual está hecho para una economía de consumo exclusivo, no de un consumo compartido. ¿Cómo regular que otro use mi auto, sin que deje de ser mío? ¿Cómo puedo compartir mi casas sin perder la propiedad? Y si el tema de la propiedad queda zanjado, el que los consumidores compartan y reciban ingresos por los activos compartidos, ¿los convierte en empresas? ¿la posibilidad de compartir activos y generar ingresos los debe de regular como se regula a las empresas? ¿Se están convirtiendo los consumidores normales que comparten sus activos en una competencia desleal contra las empresas y gremios que pagan derechos para prestar servicios que ahora los consumidores están prestando.?
La posibilidad de que los consumidores compartan entre ellos, sin ser intermediarios por empresas y gremios validan las hipótesis de grandes economistas, como Ronald Coase, quien en 1937 publicó un texto que fue ignorado por mucho tiempo, hasta que muchas décadas después, se le reconoció su valía: “The nature of the firm”, en donde mostraba que la razón de existir de las empresas es que ahorraban los costos de transacción de que millones de consumidores hicieran trueque entre ellos.
Pero sin el costo de transacción para que los millones de consumidores se presten sus autos sin pasar por los taxis; que compartan sus habitaciones sin pasar por los hoteles; que se presten dinero sin pasar por los bancos; que en general compartan sus activos sin pasar por alguna institución económica, la misma necesidad de la empresa, de las instituciones económicas, se pone en entredicho.
Las tecnologías que permiten el intercambio de activos con un mínimo de costos de transacción y de manera eficiente comienzan a tener un impacto importantísimo sobre las economías desarrolladas, pero su potencial de transformación es casi ilimitado: las empresas podrán compartir sus máquinas; los transportistas podrán compartir sus trailers y autobuses; los aerolíneas sus aeronaves; los agricultores sus tierras, a un costo mínimo.

Pero las leyes actuales no están hechas para que compartamos activos, y por ello durante un tiempo éstas tecnologías serán frenadas por la legislación y por las instituciones que viven precisamente de los altos costos de transacción. No nada más las leyes van detrás, los gobiernos sufrirán un largo período para adaptar las consecuencias fiscales, legales y de servicios que estas nuevas tecnologías tendrán sobre las sociedades, en el largo plazo.

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