La tecnología va siempre por delante de la
legislación. Es normal, la imaginación es justo ir siempre más allá de la norma. El derecho es un invento del capitalismo industrial; cuándo los derechos
de propiedad, y no de herencia, se convierten en el motor de la economía y la
sociedad, fue necesario protegerlos, y se crea así el derecho tal y como lo
conocemos.
El derecho de los reyes protege a los
herederos, el derecho moderno protege a los propietarios, y desde sus orígenes,
la legislación crea el fermento para que la innovación y el emprendedurismo
hagan que la economía crezca. Pero la innovación va siempre delante de la ley y
de la norma, y de vez en vez, se suscitan verdaderas crisis entre la legislación
y la economía resultante de la innovación.
Echemos un ojo a un par de ejemplos: Uber
y Air Bnb. Desde el punto de vista tecnológico ambas soluciones presentan una
gran innovación: la posibilidad de que particulares puedan compartir sus
activos entre ellos mismos, sin intermediarios. En el caso de Uber son los
autos, en el caso de Air BnB, nuestras casas. Esto es muy importante, pues para
la gran mayoría de la población, su riqueza se materializa en esos dos activos:
su casa y su auto. El que los consumidores podamos compartir los dos
principales activos que sustentan nuestra riqueza tendrá profundas
implicaciones económicas en el futuro muy cercano.
En términos económicos Uber y Air BnB
presentan un asunto fascinante. Por lo general asociamos las innovaciones
tecnológicas a un incremento en el capital: cuando se creó la máquina de vapor,
la siderurgia, los autos, las computadoras, se crearon artefactos e implementos
nuevos que incrementaron el stock de capital de las economías del mundo. Air
BnB y Uber no lo hacen, no incrementan el capital existente. Lo que hacen es
algo muy interesante: la hacen más eficiente, pues reducen los tiempos en que
el capital permanece inactivo, poniéndolo a trabajar lo más posible, aumentando
así la rentabilidad del capital. En lugar de que tu auto esté en la cochera,
está trabajando transportando pasajeros; en lugar de que tu casa de verano
acumule polvo, está recibiendo huéspedes y produciendo para ti mientras no la
usas.
Tecnologías como la de Uber y AirBnB, e
incontables otras, lo que han hecho es usar las plataformas provistas por
internet para abaratar casi al límite de la gratuidad, una opción que era antes
extremadamente costosa: el compartir el capital durante sus períodos inactivos.
Pero la legislación actual está hecho para
una economía de consumo exclusivo, no de un consumo compartido. ¿Cómo regular
que otro use mi auto, sin que deje de ser mío? ¿Cómo puedo compartir mi casas
sin perder la propiedad? Y si el tema de la propiedad queda zanjado, el que los
consumidores compartan y reciban ingresos por los activos compartidos, ¿los
convierte en empresas? ¿la posibilidad de compartir activos y generar ingresos
los debe de regular como se regula a las empresas? ¿Se están convirtiendo los
consumidores normales que comparten sus activos en una competencia desleal
contra las empresas y gremios que pagan derechos para prestar servicios que
ahora los consumidores están prestando.?
La posibilidad de que los consumidores
compartan entre ellos, sin ser intermediarios por empresas y gremios validan
las hipótesis de grandes economistas, como Ronald Coase, quien en 1937 publicó
un texto que fue ignorado por mucho tiempo, hasta que muchas décadas después,
se le reconoció su valía: “The nature of the firm”, en donde mostraba que la razón
de existir de las empresas es que ahorraban los costos de transacción de que millones
de consumidores hicieran trueque entre ellos.
Pero sin el costo de transacción para que
los millones de consumidores se presten sus autos sin pasar por los taxis; que
compartan sus habitaciones sin pasar por los hoteles; que se presten dinero sin
pasar por los bancos; que en general compartan sus activos sin pasar por alguna
institución económica, la misma necesidad de la empresa, de las instituciones
económicas, se pone en entredicho.
Las tecnologías que permiten el
intercambio de activos con un mínimo de costos de transacción y de manera
eficiente comienzan a tener un impacto importantísimo sobre las economías
desarrolladas, pero su potencial de transformación es casi ilimitado: las
empresas podrán compartir sus máquinas; los transportistas podrán compartir sus
trailers y autobuses; los aerolíneas sus aeronaves; los agricultores sus
tierras, a un costo mínimo.
Pero las leyes actuales no están hechas
para que compartamos activos, y por ello durante un tiempo éstas tecnologías
serán frenadas por la legislación y por las instituciones que viven
precisamente de los altos costos de transacción. No nada más las leyes van
detrás, los gobiernos sufrirán un largo período para adaptar las consecuencias
fiscales, legales y de servicios que estas nuevas tecnologías tendrán sobre las
sociedades, en el largo plazo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario